Respuesta rápida
- Desde el 12 de agosto de 2026 el Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR) es aplicable con carácter general en toda la Unión Europea.
- El Real Decreto 1055/2022 sigue vigente: regula el Registro de Productores de Producto (RPP), la responsabilidad ampliada del productor y la información anual.
- La declaración anual de envases puestos en el mercado se presenta, con carácter general, antes del 31 de marzo del año siguiente.
- Palets, film, cajas, flejes o bidones pueden ser envases y generar obligaciones aunque su producto no sea de consumo.
Dos normas que conviven
La normativa de envases en España se apoya ahora en dos textos. El Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases, creó el Registro de Productores de Producto, extendió la responsabilidad ampliada del productor a los envases comerciales e industriales y fijó las obligaciones de información anual.
El Reglamento (UE) 2025/40, conocido como PPWR, sustituye a la antigua directiva de envases por un reglamento directamente aplicable en todos los Estados miembros. Entró en vigor en febrero de 2025 y se aplica con carácter general desde el 12 de agosto de 2026, aunque buena parte de sus requisitos tienen fechas posteriores: reciclabilidad obligatoria, contenido mínimo de material reciclado y objetivos de reutilización se escalonan a partir de 2030.
Cuando los dos textos regulan la misma cuestión de forma incompatible, prevalece el reglamento europeo. Para el resto (RPP, declaraciones, SCRAP) el real decreto sigue siendo la referencia práctica.
¿Es su empresa productor, fabricante o ambas cosas?
La primera pregunta no es qué envases usa, sino qué papel ocupa en la cadena. El productor de producto es quien pone por primera vez en el mercado español un producto envasado (fabricante, envasador, importador, marca propia o marca de distribuidor). Sobre él recaen el RPP, la responsabilidad ampliada, la adhesión a un SCRAP y las declaraciones.
El fabricante del envase responde de que el envase cumple los requisitos del PPWR: composición, sustancias restringidas, etiquetado, documentación técnica y declaración UE de conformidad. Una misma empresa puede ser las dos cosas, o solo una, y el resultado puede cambiar según el producto o el mercado.
Obligaciones que debe revisar ahora
- Inscripción en el RPP. El Registro de Productores de Producto lo gestiona el MITECO a través de su sede electrónica. Cada productor obligado necesita su número de registro, que cada vez más clientes y SCRAP solicitan.
- Adhesión a un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) o sistema individual, también para envases comerciales e industriales.
- Declaración de envases al SCRAP, con los envases clasificados por material y tipo según el formato de cada sistema.
- Declaración anual de envases al MITECO con los datos del ejercicio anterior, antes del 31 de marzo. Los productores que ponen en el mercado menos de 15 toneladas al año pueden informar de forma simplificada.
- Requisitos del envase (PPWR): restricciones de sustancias, como los PFAS en envases en contacto con alimentos, límites de metales pesados, etiquetado y declaración UE de conformidad respaldada por documentación técnica.
¿Y la antigua DAE de Cataluña?
La Declaración Anual de Envases que se presentaba ante la Agència de Residus de Catalunya dejó paso al sistema estatal de información del Real Decreto 1055/2022. Hoy la comunicación anual se realiza mediante los procedimientos del MITECO.
Qué hacer si no sabe por dónde empezar
- Dibuje el flujo comercial
Qué fabrica, importa o comercializa, con qué envases (primarios, secundarios y de transporte) y quién los pone por primera vez en el mercado. - Determine el rol por producto
Productor, fabricante o ambos. De aquí salen las obligaciones concretas. - Regularice registro y adhesión
RPP y SCRAP si le corresponden. Pida a sus proveedores la información que necesita para clasificar los envases. - Prepare la declaración anual
Con los datos del ejercicio, antes del 31 de marzo. Guarde la documentación de respaldo. - Planifique el PPWR
Anote qué requisitos le afectan en 2026 y cuáles llegan en 2030 y años siguientes para no rediseñar envases a última hora.
Si no sabe si le afecta
Si ha recibido una carta sobre envases, SCRAP o RPP y no sabe si le aplica, nuestro servicio tmi ENVASES lo revisa y prepara las declaraciones por usted. Llámenos al 934 09 80 30 o escríbanos.