Respuesta rápida
- La Resolución TER/822/2026, de 11 de marzo, aprueba el Plan de inspección ambiental integrada de Cataluña 2026-2028; la Resolución TER/821/2026 aprueba el programa de 2026, vigente hasta el 31 de diciembre.
- Afecta a los establecimientos con autorización ambiental (anexo I de la Ley 20/2009): industria, energía, gestión de residuos, depósitos controlados y explotaciones ganaderas.
- La inspección comprueba que la actividad real coincide con la autorizada y que la documentación de residuos, emisiones, vertidos y suelos es coherente.
- Una revisión interna previa evita la mayoría de los requerimientos posteriores.
Qué es el plan y qué es el programa
El plan es el documento marco plurianual: fija los objetivos, los criterios de priorización por riesgo y la frecuencia mínima de inspección de cada establecimiento. El programa es anual y concreta qué establecimientos se inspeccionarán ese año. Ambos se aprueban al amparo del artículo 68 de la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades.
El plan 2026-2028 sustituye al 2023-2025. El programa de 2026 reparte las inspecciones entre industria y energía, gestión de residuos, depósitos controlados y explotaciones ganaderas, que concentran la mitad de las actuaciones.
Qué comprueba una inspección ambiental integrada
La inspección no cuestiona la viabilidad de la actividad: comprueba la coherencia entre lo autorizado, lo que ocurre en planta y lo que se ha declarado. Los bloques habituales:
- Autorización ambiental: que los procesos, capacidades, focos y puntos de vertido actuales sean los que figuran en la autorización y sus modificaciones.
- Residuos: archivo cronológico al día, códigos LER correctos, contratos de tratamiento con gestores autorizados, documentos de traslado (eSIR) coherentes con lo generado y retirado, memoria anual y, si procede, plan de minimización.
- Emisiones a la atmósfera: focos registrados y clasificados, libro de registro, controles periódicos por entidad de control dentro de plazo.
- Aguas: permiso de vertido vigente, autocontroles presentados, DUCA y resultados dentro de los límites.
- Suelos: informe base e informes de situación cuando la actividad lo exige.
- Envases: inscripción en el RPP, adhesión a SCRAP y declaraciones si la empresa es productor de producto.
Qué suele fallar
Casi nunca es un incumplimiento aislado, sino documentación correcta pieza a pieza pero incoherente en conjunto: una capacidad de producción que ya no es la autorizada, un foco nuevo sin registrar, un residuo con un código distinto en el contrato y en el traslado, o un cambio normativo que nadie reevaluó. Por eso la preparación consiste en leer la autorización de principio a fin y contrastarla con la realidad, no en acumular más papeles.
Cómo prepararse
- Compruebe si está en el programa
Los establecimientos del anexo I de la Ley 20/2009 tienen una frecuencia mínima de inspección fijada en el plan. Si no sabe cuándo le toca, le ayudamos a estimarlo. - Revise la autorización frente a la planta
Procesos, capacidades, focos, puntos de vertido, almacenamientos de residuos y productos químicos. - Ordene el expediente de residuos
Archivo cronológico, contratos de tratamiento, traslados y memoria anual del mismo periodo deben cuadrar entre sí. - Verifique controles y declaraciones
Controles de emisiones, autocontroles de aguas, DUCA, PRTR, informes de suelo y declaraciones de envases dentro de plazo. - Corrija antes de que llegue el acta
Si detecta una modificación no comunicada o un documento caducado, es mejor regularizarlo por iniciativa propia.
Si no sabe si le afecta
¿Le han notificado una inspección o un requerimiento? Revisamos su caso y gestionamos el expediente con la Administración. Consulte nuestro servicio de inspección ambiental en empresas o llámenos al 934 09 80 30.