Respuesta rápida
- Grava la fabricación, importación y adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables que contengan plástico.
- El tipo es de 0,45 € por kilo de plástico no reciclado.
- El plástico reciclado no tributa si se certifica por una entidad acreditada conforme a la norma UNE-EN 15343.
- Obligaciones principales: inscripción en el Registro territorial, autoliquidación (modelo 592) y llevanza de contabilidad o libro registro de existencias.
Un impuesto para prevenir los residuos de plástico
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, creó el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, que se aplica desde el 1 de enero de 2023 en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes forales del País Vasco y Navarra.
Su finalidad es prevenir la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables y fomentar el reciclado de los residuos plásticos.
¿Qué productos grava?
Se consideran envases todos los artículos diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías. Un envase es no reutilizable cuando no se ha concebido para realizar múltiples rotaciones o para ser rellenado o reutilizado con el mismo fin. El impuesto alcanza a:
- Los envases no reutilizables que contengan plástico, tanto vacíos como con mercancía.
- Los productos plásticos semielaborados destinados a fabricar esos envases, como las preformas o las láminas de termoplástico.
- Los productos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.
¿Qué operaciones están sujetas?
- La fabricación de los productos.
- La importación desde fuera de la Unión Europea.
- La adquisición intracomunitaria.
- La introducción irregular de estos productos en el territorio de aplicación del impuesto.
Cuánto se paga
El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo. La base imponible es la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilos, que contienen los productos.
Para descontar el plástico reciclado, su cantidad debe estar certificada por una entidad acreditada para certificar conforme a la norma UNE-EN 15343:2008 (o la que la sustituya). La Agencia Tributaria publica la relación de entidades certificadoras acreditadas por ENAC. Durante los primeros 12 meses de aplicación del impuesto se admitió, como alternativa, una declaración responsable del fabricante; ese periodo transitorio ya ha terminado.
Exenciones más habituales
La ley recoge varias exenciones. Una de las más relevantes para las empresas es la de las importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases cuyo plástico no reciclado no supere, en total, 5 kilos al mes. Conviene revisar el resto de supuestos exentos para cada caso concreto.
Obligaciones de las empresas afectadas
- Inscripción en el Registro territorial
Fabricantes, adquirentes intracomunitarios e importadores deben inscribirse antes de iniciar la actividad, salvo los casos excluidos por orden ministerial. Los contribuyentes no establecidos en España deben nombrar un representante, que también se inscribe. - Autoliquidación
Fabricantes y adquirentes intracomunitarios presentan el modelo 592 cada trimestre natural, o cada mes si su periodo de liquidación del IVA es mensual. - Contabilidad o libro de existencias
Los fabricantes que determine la orden ministerial llevan una contabilidad de los productos a través de la sede electrónica de la AEAT; los adquirentes intracomunitarios, un libro registro de existencias. - Importaciones
En la declaración aduanera debe indicarse la cantidad de plástico no reciclado importado, en kilos, y si se aplica la exención de 5 kg. - Deducciones y devoluciones
En determinados supuestos, como productos devueltos para su destrucción o reincorporación al proceso, puede deducirse el impuesto en la autoliquidación o pedir la devolución (modelo A22).
Cómo le ayudamos
En TMI analizamos cómo afecta el impuesto a su actividad y le acompañamos en las gestiones:
- Inscripción en el Registro territorial.
- Autoliquidación y deducciones.
- Gestión de la contabilidad y del libro registro de existencias.
- Determinación del porcentaje de plástico reciclado de sus envases.
Si no sabe si le afecta
¿No tiene claro si el impuesto afecta a su empresa o cómo cumplir las obligaciones? Escríbanos o llámenos al 934 09 80 30 y lo revisamos con usted.